Posiblemente que sabrás que la nueva ley de vivienda ha entrado en vigor el pasado 26 de mayo. Cierto que se han propuesto toda una serie de medidas, algunas revolucionarias, otras «Ya vistas», pero todas están pensadas para beneficiar a los inquilinos y no a los propietarios. El sector inmobiliario español sigue hablando de una pequeña revolución. Desde que fue aprobada por el Congreso el 27 de abril, la nueva ley de la vivienda ha sido la comidilla española. Hay que decir que introduce una serie de cambios que se esperaban ya antes de las últimas elecciones municipales del 28 de mayo. Todos fueron aprobados por 176 votos a favor y 166 en contra. ¿Pero…y ahora qué? Sencillamente, ¿Qué cambiará con la nueva ley de vivienda?

Control de los alquileres

Facilitar una vivienda para todos es una de las promesas de esta nueva ley. Varias normas pretenden mejorar el acceso a una vivienda. La primera de ellas, y probablemente la que se ha revelado más eficaz, sobre todo en Barcelona y sus alrededores, es la limitación de los precios del alquiler. Antes, el Consejo Constitucional ha anulado la ley anterior de marzo de 2022 que congelaba los precios de los alquileres, prohibía cualquier subida al final del contrato y fijaba un índice que no se podía superar. Juzgada fuera de las competencias del gobierno, esta antigua ley dio sin embargo sus frutos e inspiró a los diputados españoles.

Según la nueva legislación ya en vigor, los propietarios no podrán superar un aumento anual del alquiler del 3% a partir de 2024. En determinadas zonas «bajo presión», los nuevos arrendamientos se limitarán al importe del contrato anterior. A partir de 2025, se utilizará un nuevo índice como referencia para limitar la subida o explosión de los alquileres.

Más equidad entre propietarios e inquilinos

Es en este ámbito donde la nueva ley marca una verdadera diferencia, obligará a los propietarios a pagar los honorarios de las agencias inmobiliarias. Este cambio favorece a los inquilinos, pero pone patas arriba un sistema dominado por los propietarios. El principal temor de las agencias inmobiliarias es perder clientes o no cobrar nunca sus honorarios. El sindicato de inquilinos, por su parte, teme que seguirá como hasta ahora con «trampitas».

Soluciones para los desahuciados

En Barcelona, y en otros lugares de España, los desahucios son una lacra. De un día para otro, inquilinos vulnerables pueden encontrarse en la calle. Es una situación precaria que el gobierno español quiere aliviar. El nuevo texto garantiza una vivienda mientras se encuentran otras alternativas. Por lo demás, se mejorará la comunicación entre los juzgados y los servicios sociales. Y los solicitantes de desahucios, si son «grandes propietarios» y los «desahuciados» que son «personas vulnerables», deberán establecer un procedimiento de conciliación y, por supuesto, justificarlo.

Viviendas vacías y pocos grandes propietarios

Pero, ¿qué es exactamente un gran propietario o «gran tenedor» de bienes inmuebles? Una persona o empresa propietaria de al menos cinco inmuebles urbanos (excluyendo garajes y trasteros) en una zona residencial declarada con tensión, según la Ley de Vivienda de 2023 que aclara también la situación de las viviendas vacías. Si llevan desocupadas más de dos años, los ayuntamientos tienen derecho a aplicar un recargo en el IBI, pero sólo si el propietario tiene un mínimo de cuatro inmuebles sin ocupar. Este recargo puede llegar al 150%, frente al 50% actual.

Más viviendas de protección oficial

Por último, el texto aprobado por los eurodiputados pretende impulsar la vivienda protegida (VPO). De este modo, se regulará el parque público de viviendas para evitar su venta a fondos de inversión. El número de solares reservados para la construcción de viviendas de bajo coste pasará del 30% al 40%. Esperemos que todo esto dé sus frutos.

 

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